Inhumación en bóvedas de arrendamiento:
El Cementerio San Pedro cuenta con 10.170 bóvedas en diferentes alturas, destinadas a prestar el servicio de inhumación.
Tiempo mínimo de permanencia: El periodo mínimo de permanencia para un cuerpo será el siguiente, según resolución 5194 del 10 de diciembre de 2010.
- Para menores de 7 años: Tres (3) años a partir de la fecha de inhumación establecida en los registros del cementerio.
- Para mayores de 7 años: Cuatro (4) años a partir de la fecha de inhumación establecida en los registros del cementerio.
Inhumación en bóvedas, osarios y cenizarios a perpetuidad:
Las familias que tienen propiedades en el Cementerio San Pedro podrán inhumar sus cenizas, restos o cadáver a perpetuidad. Los requisitos para inhumar son:
- Cadáveres: Ponerse en contacto con su funeraria.
- Restos o cenizas:
Titular de la propiedad:
– Cédula de ciudadanía original
– Título de propiedad original
– Certificado defunción y cremación u orden de traslado
**En caso de que el titular de la propiedad haya fallecido, estos son los requisitos:
– Título de propiedad original
– Certificar defunción del titular (registro o certificado)
– Certificar parentesco; este depende del parentesco registro civil nacimiento (hijo) – acta de matrimonio (esposa) o declaración extrajuicio
– Cédula original del heredero de uso
– Certificado defunción y cremación u orden de traslado
Persona autorizada
Opción 1
– Cédula original del propietario
– Título propiedad original
– Carta de autorización debidamente firmada con huella
– Certificado defunción y cremación u orden de traslado
Opción 2
– Título propiedad original
– Carta de autorización debidamente autenticada en notaria
– Certificado defunción y cremación u orden de traslado
¿Tienes alguna pregunta? Para solicitar algún tipo de información adicional acerca de los servicios de inhumación, puede comunicarse por los siguientes canales:
- WhatsApp: 3044123179
- Línea telefónica: 5167650 extensiones 104, 106 y 109
- Correo electrónico: isabelgomez@cementeriosanpedro.org.co
Documentos relacionados:
– Reglamento para la prestación de servicios de la Fundación Cementerio de San Pedro.
– Resolución 5194 de 2010, por la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerios, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres.