Cementerio Museo San Pedro

Gestiones vitales

Gestiones vitales

Los TIPS de Gestiones Vitales son una herramienta de orientación a la comunidad, que pretende informar de forma simple y comprensible, los trámites ante entidades públicas y privadas que tengan relación con el proceso de defunción.

AUXILIO FUNERARIO

¿Qué es el auxilio funerario?

Es una prestación adicional que consiste en un auxilio monetario que se reconoce a quien demuestre haber asumido los gastos fúnebres de un afiliado o pensionado de un fondo de pensiones, sea del sector público como Colpensiones o cualquier otro fondo del sector privado.

¿A cuánto equivale?

Si es por muerte del pensionado, el auxilio funerario equivale al monto de mesada que venía devengando el pensionado. Si es por muerte del afiliado, el auxilio funerario equivale al último salario cotizado por el trabajador.  Este auxilio funerario no puede ser inferior a 5 SMLMV (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente), ni superior a 10 SMLMV.

¿A quién se concede esta prestación?

Esta prestación se reconoce a la persona que demuestre haber asumido los gastos fúnebres del pensionado/afiliado fallecido.

¿Quién reconoce dicho auxilio?

El fondo de pensiones en el que estuviese afiliado el fallecido, siempre y cuando cumpla con los requisitos.

NOTA:  El auxilio solo se da por única vez y aplica solo para el afiliado titular pensionado o que se encontrara aún activo como cotizante.

Este auxilio no se otorga por fallecimiento de los beneficiarios de afiliados o pensionado, ni cuando los gastos hayan sido pagados por un seguro contratado por el causante.


CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN

¿Qué es un certificado de defunción?

Documento que contiene información estadística usada para certificar los datos del fallecimiento de una persona, por parte de los profesionales de la salud

¿Quiénes están autorizados para diligenciar – expedir certificado de defunción?

Si es en caso de muerte natural, quien diligencia el certificado es el médico de la institución de salud (IPS) donde se encuentre o lleve el cuerpo del fallecido o en su defecto quien delegue la EPS, si es en caso de muerte natural, quien diligencia el certificado es el último médico tratante de la persona fallecida o Clínica u Hospital donde estuvo internada, o en su defecto el médico de la institución de salud  (IPS) donde se encuentre afiliada o a la que lleve el cuerpo del fallecido o en su defecto a quien delegue la EPS

Si es en caso de muerte violenta – accidental, se hace por parte de médico legista, autorizado por Medicina Legal.

El certificado de defunción debe ser llenado (diligenciado), en su orden por: El médico tratante, el médico no tratante, el médico legista;  cuando la institución de salud no cuente con personal médico, están autorizados como personal de salud:  enfermeros(as), auxiliares de enfermería y promotores(as) de salud, en aquellos lugares en donde estas personas son el único recurso de salud existente.

¿Hay trámites adicionales que requieran información del certificado de defunción?

Para poder expedir el registro civil de defunción, se requiere primero tener el formato de certificado de defunción, pues este es el soporte del registro civil.


REGISTRO CIVIL DE DEFUNCIÓN

¿Qué es el Registro Civil de Defunción?
Es un documento que se tramita para acreditar legalmente el fallecimiento de una persona y oficializa el retiro del censo poblacional.

¿Qué información contiene el registro civil de defunción?
De acuerdo con el artículo 80 del Decreto 1260 de 1970, el registro debe incluir la fecha del fallecimiento, el nombre y sexo del fallecido.

¿Quiénes pueden tramitar el registro civil de defunción?

El cónyuge sobreviviente, los parientes más próximos del fallecido, las personas que habiten en la casa en que ocurrió el fallecimiento, el medico que haya asistido al difunto en su última enfermedad, y la funeraria que atienda a su sepultura.

Si la defunción ocurre en cuartel, convento, hospital, clínica, asilo, cárcel o establecimiento público o privado, el deber de denunciarla recaerá también sobre el director o administrador del mismo. También debe formular el denuncio correspondiente la autoridad de policía que encuentre un cadáver de persona desconocida o que no sea reclamado.

No obstante, cualquier persona que tenga interés en este tipo de denuncio lo puede hacer, siempre y cuando presente los documentos pertinentes para estos casos.

¿Ante quien se tramita el registro civil de defunción?
Se puede realizar ante las notarías

¿Qué requisitos son necesarios para la expedición del registro civil de defunción?
Como requisitos obligatorios están:
• Certificado de defunción DANE
Licencia de inhumación, : Autorización para enterrar o depositar cadáveres, restos óseos y partes humanas en los cementerios.
Ley 66 de 1916: el administrador del cementerio no permitirá la inhumación de cadáveres sin esta licencia que deberá conservarse cuidadosamente en el. archivo de la administración del cementerio. forma DANE d631. original: oficina expedidora.

Como requisito deseable:
• Fotocopia de cédula del fallecido, con el ánimo de verificar que los datos de identificación plasmados en la cédula, coincidan en el certificado DANE.


CREMACIÓN

¿Qué es cremar?
Acción de quemar o reducir a cenizas cadáveres, restos humanos o restos óseos u órganos y/o partes humanas por medio de la energía calórica.

¿Quiénes tienen la potestad para autorizar la cremación de un fallecido y mediante cuál documento?

Cuando es por muerte violenta – accidental, debe ser autorizada por fiscalía.
Cuando es por muerte natural, es a través de una licencia de cremación expedida por el Municipio, a través de alguna de las entidades, como: Alcaldía, Secretaría de Salud o Inspección de Policía, en ambos casos se oficializa por medio del documento: Licencia de cremación, la cual para obtenerla, requiere del certificado de defunción debidamente diligenciado y firmado por el profesional de la salud con registro ante el Ministerio de Salud.

¿En qué casos se debe hacer autopsias médico-legales y autopsias clínicas?
Autopsias Médico Legales: Examen que se realiza a un cadáver cuando se quiere establecer la causa de la muerte, cuando se sospecha que el origen de la misma fue por agentes externos (muerte violenta – accidental) y se hace con fines penales.
Autopsias clínicas: Examen del cadáver para establecer el origen de la causa natural de la muerte, en los casos en los que no se cuenta con suficiente información para diligenciar el certificado de defunción, con fines científicos o epidemiológicos; previa solicitud y/o consentimiento de la familia.


QUÉ HACER EN CASO DE MUERTE

Muerte natural: Se da por la falla o deterioro de órganos (Infarto, cáncer, etc) en caso de enfermedad aguda o crónica, ya sea de origen infeccioso o degenerativo.

Muerte violenta: Es debida a la acción de agentes externos que causan daño irreparable al organismo, ya sea de forma accidental (Caída, intoxicación, etc.) o intencional (Homicidio, suicidio)

¿Qué hacer cuando fallece una persona en casa?

Para el municipio de Medellín, la línea de atención es el 123, en la cual se reporta el caso, para recibir la orientación médico-asistencial y con la ayuda de la historia clínica y el interrogatorio a familiares, el médico de turno procederá al diligenciamiento del certificado de defunción DANE, para dar inicio al proceso de registro de defunción, con dicho documento la funeraria procede a tramitar la licencia de inhumación o cremación según la decisión de los familiares o el deseo escrito del fallecido.

En el municipio de Envigado, los familiares del fallecido deben acercarse a la IPS (Centro de Salud, Clínica u Hospital) que atendió por última vez a la persona, y tramitar ante ellos la expedición del certificado, mediante un interrogatorio que les hará el médico y la revisión de la historia clínica que reposa en la institución. Puede ocurrir que el médico requiera inspeccionar el cuerpo, por lo que se pondrá de acuerdo con la funeraria y la familia, si lo transportan y trasladan a la IPS, o si el médico se desplaza hasta la funeraria o el lugar donde se encuentre el fallecido.

En todo caso cada IPS tiene definidos los lineamientos para hacer el trámite de valoración del fallecido y expedir el respectivo certificado de defunción.  La Comunidad es quien debe consultar ante dichas entidades para saber cómo se tramita el servicio de valoración de cadáveres para certificar por muerte natural, violenta – accidental.


ACTORES INVOLUCRADOS EN EL PROCESO DE DEFUNCIÓN

¿Qué entidades tienen relación en cuanto a trámites con fallecidos y cuál es su función?


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